El 31 de marzo de 2020 se aprueba el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. Las principales medidas a tener en cuenta para las consumidoras residenciales son:
- No puede suspenderse el suministro de energía eléctrica a los consumidores personas físicas en su vivienda habitual, por motivos distintos a la seguridad del suministro, de las personas y de las instalaciones.
- Para acreditar ante el suministrador que el suministro se produce en la vivienda habitual, el consumidor podrá emplear cualquier medio documental que acredite de manera fehaciente dicha circunstancia.
- El periodo durante el que esté en vigor el estado de alarma no computará a efectos de los plazos comprendidos entre el requerimiento fehaciente del pago y la suspensión del suministro por impago establecidos en la normativa vigente o en los contratos de suministro en su caso.
Si eres autónomo, las medidas aprobadas las puedes consultar aquí.
Las condiciones para obtener el bono social se han ampliado como medida excepcional y únicamente durante un periodo determinado. Ver condiciones en el artículo 18: Real Decreto-ley 11/2020.
En cualquier caso, si tienes alguna dificultad a la hora de realizar el pago de las facturas, para que podamos ayudarte, ponte en contacto con nosotras en aldaketak@goiener.com o llamando al 900 816 365.
En caso de querer solicitar algún cambio es importante hacerlo cuanto antes.